Reglamento del Boletín Oficial
El Boletín Oficial de la provincia de Burgos se publica en formato electrónico desde el 3 de enero de 2011, sustituyendo al papel como método de publicación oficial.
El reglamento de gestión del Boletín Oficial de la provincia fue publicado el 16 de febrero de 2011 y puede ser consultado en el siguiente enlace:
Anuncio 201100906 (BOPBUR-2011-00906 - 376,47 KB)
La Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por prestación de servicios mediante el "Boletín Oficial" de la Provincia de Burgos, puede ser consultado en el siguiente enlace:
Requisitos para publicar anuncios
El Reglamento de Gestión del Boletín Oficial de la provincia de Burgos (BOPBUR), publicado en el Boletín Oficial de la provincia de Burgos nº 32, de 16 de febrero de 2011, establece entre otra regulación, las normas de gestión para la publicación de anuncios en el BOPBUR.
Por ello se recuerda a quienes quieran publicar anuncios en el BOPBUR que la orden de inserción de cada anuncio deberá contener, además de la identificación de la persona física o jurídica que ordena publicar el anuncio y del sujeto pasivo de la tasa, los siguientes extremos:
- Exención de la tasa
Si se considera que el anuncio está exento de pago de la correspondiente tasa deberá indicarse expresamente esta circunstancia y el fundamento jurídico en que se basa
- Publicación con carácter urgente
La urgencia deberá quedar acreditada por el ordenante, indicando el acto o disposición por el que se declaró la urgencia o efectuando el pago previo de la tarifa de urgencia regulada en la Ordenanza Fiscal correspondiente.
- Fecha concreta o plazo de publicación
Si en virtud de disposición legal o reglamentaria, existe una fecha concreta o un plazo de publicación deberá indicarse expresamente esa fecha o ese plazo y la norma jurídica en que se basa.
Junto a este documento se incluyen los anexos publicados en el boletín a rellenar para la publicación de anuncios.