lunes, 4 de febrero de 2013

Aviso para Anunciantes

Se recuerda a quienes quieran publicar anuncios en el BOPBUR que la orden de inserción de cada anuncio deberá indicar expresamente:

  • Si se considera que el anuncio es urgente el acto o disposición por el que se ha declarado la urgencia salvo que se realice el pago previo de la tasa con tarifa de urgencia (independientemente si es exento de pago o no).
  • Si se considera que el anuncio está exento de pago, el fundamento jurídico en que se basa la exención.
  • Si en virtud de disposición legal o reglamentaria, existe una fecha concreta o un plazo de publicación deberá indicarse expresamente esa fecha o ese plazo y la norma jurídica en que se basa.